CONDICIONES DE ACEPTACIÓN
SOLICITUD:
Remito este email a la Asociación Nacional de Fragmentadores de Rocas, AFRONA, en el que indico mis datos o los datos de la entidad de la que soy responsable, bajo la declaración de que son todos ellos ciertos, con la finalidad de solicitar que se me acepte como socio en los términos y condiciones que siguen.
TÉRMINOS Y CONDICIONES:
La pertenencia a AFRONA como “Socio de número”, no implica la obligación de aportar recursos económicos en concepto de cuota. La asociación tiene naturaleza no lucrativa y se nutre económicamente de las aportaciones que voluntariamente recibe y de los servicios que pudiera prestar de forma directa. Los únicos gastos que sufragará cada socio serán aquellos que se pudieren generar como consecuencia de una actividad o servicio específico , pero serán informados previamente de tal coste. Se podrán establecer cuotas de pago anual pero que bajo ningún concepto serán de pago obligatorio. Esta cuantía será aprobada cada año por la Asamblea General. Las comunicaciones generales o las publicaciones se realizarán mediante su publicación en el tablón de anuncios del sitio web www.afrona.es Las comunicaciones personales se remitirán con el envío de un email a la dirección de contacto que nos haya facilitado el asociado.
FINES DE AFRONA:
AFRONA pretende la agrupación de personas físicas o jurídicas comprometidas con el uso tecnificado, legal y seguro de los productos pirotécnicos dirigidos a fragmentar rocas, regulados por el Real Decreto 989/2015, que aprobó el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, categorizados como Artículos Pirotécnicos de usos técnicos, dentro de la categoría P2, como Generadores de Gas, Fragmentadores de roca”. Específicamente, AFRONA tiene como fines:
a) Promocionar, representar y defender los intereses profesionales de sus asociados.
b) Promover la no utilización de técnicas y productos peligrosos, ocasionales o de fabricación casera, y promover el uso seguro en la utilización de los Fragmentadores de Roca.
c) Promover y fomentar:
1. El cumplimiento de la Ley.
2. La solidaridad entre los asociados y la solidaridad entre otras asociaciones complementarias o afines.
3. La formación adecuada de los profesionales que pretendan utilizar los Fragmentadores de Roca.
d) Colaborar con las distintas Administraciones.
e) Promover y fomentar la solidaridad con entidades de Cooperación y Ayuda Humanitaria.
Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:
a) Contratación o mediación en la contratación de la prestación de servicios, para que sean comunes a la totalidad de los asociados o a parte de ellos, para su defensa ante vulneraciones de derechos o intereses.
b) Mediación ante los conflictos que pudieran aparecer entre sus asociados.
c) Promoción y organización de cursos de formación sobre “capacitación de Expertos Pirotécnicos de Categoría P en Generadores de Gas, Fragmentadores de Rocas y Hormigón” y también cualesquiera otros que fuesen aconsejables para la obtención de los objetivos de la Asociación.
d) Establecimiento de convenios de colaboración con las distintas entidades autorizadas por el Ministerio para impartir formación sobre los Fragmentadores de Roca.
e) Realización de demostraciones, congresos, ferias y eventos divulgativos.
f) Establecimiento de métodos telemáticos para informar a los asociados sobre cualquier duda legal o técnica.
g) Estudio, desarrollo y adaptación de las técnicas y protocolos de trabajo que mejoren la seguridad, en colaboración con los distintos grupos de rescate o equipos de profesionales específicos.
h) Establecimiento de acuerdos de colaboración con las administraciones.
i) Disposición de personal formado y con experiencia en las técnicas de rescate específicas, para el desarrollo y perfeccionamiento de técnicas y protocolos de trabajo.
j) Colaboración con los fabricantes mediante la realización de estudios técnicos, ensayos y pruebas.
k) Colaboración con las instituciones y las asociaciones de cooperación para el desarrollo y Ayuda Humanitaria.
l) Colaboración con los distintos Grupos de Rescate para una unificación de criterios en cuanto a procedimientos y protocolos de trabajo.
m) Colaboración con las distintas asociaciones y colectivos profesionales de los distintos sectores de usuarios de los Fragmentadores de Roca.
TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES:
Aquellos datos personales que nos facilite, AFRONA garantiza el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos personales, reflejada en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la LOPD. Los datos personales se utilizarán únicamente para los fines de AFRONA y no serán cedidos a terceros salvo autorización expresa del asociado o por cumplimiento de requisitos legales. La conservación y utilización de los datos personales finalizará en el momento el asociado notifique a AFRONA que desea el cese como asociado y representado, y que desea que se borren sus datos de los archivos de AFRONA. Esta notificación se deberá remitir a AFRONA mediante un email desde la dirección que nos facilita en esta solicitud. En caso de cambio de dirección, el asociado deberá comunicarlo a AFRONA vía email, acreditando su identidad. En el caso que AFRONA causase baja en el Registro Nacional de Asociaciones, todos los datos personales que obrasen en su poder serán borrados de todos sus ficheros y bases de datos. El envío de esta solicitud implica la aceptación de esta política de privacidad.
Lo que entiendo y acepto con el envío de este email a afrona@afrona.es